ITP en la compra de un coche usado: cuánto se paga y cómo liquidarlo
Al comprar un coche usado a un particular no pagas IVA: pagas el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP). Lo liquida el comprador ante su comunidad autónoma, y sin el justificante no podrás hacer el cambio de titularidad en la DGT.
¿Cuánto se paga?
El tipo lo fija cada comunidad autónoma. Con carácter orientativo, la mayoría aplica entre un 4 % y un 8 % sobre el valor del vehículo (en muchas comunidades el tipo general ronda el 4 %, y algunas aplican cuotas fijas reducidas a vehículos de más de 10 años o de poca cilindrada). Comprueba siempre el tipo vigente en la web tributaria de tu comunidad antes de liquidar.
¿Sobre qué valor? Las tablas de Hacienda
No se aplica sin más sobre el precio que pagaste: Hacienda publica cada año unas tablas oficiales de valoración (orden ministerial de precios medios de venta) con el valor de cada marca y modelo según su antigüedad. El impuesto se calcula sobre el mayor entre el precio declarado en el contrato y el valor de tablas. Por eso declarar un precio simbólico de 1 € no ahorra impuestos: Hacienda aplicará igualmente el valor de tablas, y un precio irreal puede acarrear una comprobación.
Cómo se liquida: el modelo 620
- Se presenta el modelo 620 (o el equivalente de tu comunidad) en la web tributaria autonómica; casi todas permiten hacerlo online y pagar en el momento.
- Plazo: con carácter general, 30 días hábiles desde la fecha del contrato de compraventa.
- Necesitarás el contrato de compraventa firmado con los datos del vehículo, del vendedor y el precio — es tu justificante de la operación.
- El justificante del ITP es imprescindible después para el cambio de titularidad en la DGT.
¿Y el vendedor paga algo?
El vendedor no paga ITP. Solo tributaría en el IRPF si vendiera el coche por más de lo que le costó (ganancia patrimonial), algo poco habitual en vehículos usados. El Impuesto de Circulación (IVTM) del año en curso lo paga quien fuera titular el 1 de enero. Si quieres dejar el reparto de gastos por escrito, nuestro contrato ya incluye la cláusula de tributos.
El contrato es el justificante del ITP
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