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Cuánto tiempo tiene el banco para responder a una reclamación

Presentaste tu reclamación al banco, ¿cuánto tienes que esperar antes de poder escalarla?

Un mes con carácter general

La normativa de transparencia y protección del cliente bancario fija un plazo de referencia de un mes para que el Servicio de Atención al Cliente de tu banco responda a una reclamación.

15 días hábiles para servicios de pago

Si tu reclamación es sobre un servicio de pago (transferencia mal ejecutada, cargo de tarjeta no reconocido, domiciliación indebida), el plazo de respuesta se reduce a 15 días hábiles conforme a la normativa de servicios de pago.

Qué hacer si no responde a tiempo

Pasado el plazo sin respuesta —o si responde pero no estás de acuerdo—, ya puedes presentar tu reclamación ante el Banco de España. Consulta el procedimiento completo en nuestra guía sobre cómo reclamar al Banco de España paso a paso.

Guarda el justificante desde el primer día

Necesitarás acreditar la fecha exacta de tu reclamación previa: guarda el acuse de recibo del email, el sello de registro si la presentas en oficina, o la confirmación del formulario si la presentas online.

Preguntas frecuentes

¿Qué pasa si el banco no responde en plazo?

Si transcurre el plazo sin respuesta, ya puedes acudir directamente al Banco de España con tu reclamación, aportando el justificante de que presentaste la reclamación previa y de la fecha en que lo hiciste.

¿El plazo es el mismo para cualquier tipo de reclamación?

No exactamente: la referencia general es de un mes, pero las reclamaciones relacionadas específicamente con servicios de pago (transferencias, tarjetas, domiciliaciones) tienen un plazo más corto de 15 días hábiles conforme a la normativa de servicios de pago.

¿Cómo demuestro cuándo presenté la reclamación?

Guarda el justificante de registro o sello si la presentas en oficina, o el acuse de recibo del email o formulario si la presentas online. Es la prueba que necesitarás si tienes que escalar al Banco de España.

¿Puedo reclamar por teléfono?

Puedes contactar por teléfono, pero para que cuente como reclamación formal a efectos de plazos y de la reclamación previa obligatoria ante el Banco de España, conviene presentarla siempre por escrito con constancia de la fecha.

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