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Qué pasa si no consigo la hipoteca tras firmar arras: la cláusula suspensiva

Firmaste arras, entregaste la señal y ahora el banco te deniega la hipoteca. Antes de dar nada por perdido, esto es lo que dice realmente la ley — y por qué la cláusula que hayas firmado (o no) cambia todo el resultado.

La regla general: sin cláusula, pierdes la señal

El Tribunal Supremo lo dejó claro en su sentencia de 13 de julio de 2017: no conseguir un préstamo no es un caso de fuerza mayor para quien tiene que pagar dinero, porque el dinero es un bien que en principio siempre se puede obtener por otras vías (aunque en la práctica no sea fácil). En otras palabras, el riesgo de que el banco diga que no lo asume el comprador, salvo que el contrato diga expresamente otra cosa.

Esto significa que, con unas arras penitenciales “normales” (las que regula el artículo 1.454 del Código Civil), si te echas atrás porque no te conceden la hipoteca, tu situación es la misma que si te hubieras arrepentido por cualquier otro motivo: pierdes la cantidad entregada.

La cláusula que sí te protege: condición suspensiva de financiación

La libertad de pacto (artículo 1.255 del Código Civil) permite que comprador y vendedor acuerden que la compraventa quede condicionada a que el comprador obtenga financiación en un plazo determinado. Si esa condición se pacta expresamente y no se cumple, el contrato se resuelve sin penalización: el vendedor devuelve la señal íntegra (no duplicada) y cada parte queda libre.

La clave es que esta protección no existe por defecto: si el contrato no la incluye expresamente, se aplica la regla general del apartado anterior y el comprador carga con el riesgo de la financiación.

La condición no te libera de actuar de buena fe

El Supremo exige que la solicitud del préstamo se haga en condiciones realistas, adaptadas a lo que el mercado concede en ese momento. Pedir una financiación superior al 80 % del valor de tasación (o en condiciones que un comprador prudente no aceptaría) y luego alegar la denegación como excusa no funciona: si el banco rechaza el préstamo porque las condiciones pedidas eran inasumibles, la cláusula suspensiva no te protege.

Qué debe incluir la cláusula en la práctica

Cómo protegerte antes de firmar

Lo más prudente es firmar arras solo con una preaprobación bancaria previa, dar una cantidad moderada como señal y, si el vendedor lo acepta, incluir la cláusula de condición suspensiva de financiación como condición adicional del contrato. Puedes ver también cuánto se suele dar de señal en nuestra guía cuánto dinero se paga de arras, y qué pasa si alguna parte incumple en incumplimiento del contrato de arras.

Preguntas frecuentes

¿Pierdo las arras si no me conceden la hipoteca?

Como regla general, sí. El Tribunal Supremo (sentencia de 13 de julio de 2017) considera que la imposibilidad de conseguir financiación no es fuerza mayor para quien debe pagar una cantidad de dinero: el riesgo de que el banco no conceda el préstamo lo asume el comprador, salvo que se haya pactado expresamente una condición suspensiva de financiación.

¿Basta con decir 'no me han dado la hipoteca' para recuperar la señal?

No. El Supremo exige que la solicitud se haya hecho de buena fe y en condiciones realistas de mercado — por ejemplo, no pedir financiación por encima del 80 % del valor de tasación salvo que sea razonable asumirlo. Si el banco deniega el préstamo porque pediste condiciones inasumibles, no podrás alegar la cláusula suspensiva para recuperar la señal.

¿Qué debe decir exactamente la cláusula para protegerme de verdad?

Debe fijar un plazo concreto para solicitar la hipoteca y obtener respuesta del banco, definir qué cuenta como prueba de denegación (carta o resolución de la entidad) y establecer expresamente que si no se obtiene la financiación en esos términos, el contrato queda sin efecto y se devuelve la señal íntegra — sin duplicarla ni aplicar penalización.

¿El vendedor está obligado a aceptar esta cláusula?

No, es un pacto libre entre las partes (artículo 1.255 del Código Civil). Muchos vendedores la aceptan porque da seriedad a la operación sin asumirles a ellos ningún riesgo adicional. Pero el vendedor puede negarse, y entonces las arras quedan como penitenciales puras: si no consigues la hipoteca, pierdes la señal igualmente.

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